El artículo 10 del Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018 “Todos por un nuevo país” (L. 1753/15, PND) es la única disposición que menciona lo relativo a derechos de propiedad intelectual (PI). La referida disposición repite lo ya mencionado en el artículo 31 de la Ley 1450 del 2011 (Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014), pero introduce algunas adiciones en su apartado final y parágrafo, y será reglamentado en un plazo no mayor a un año a partir de la vigencia de la referida ley.
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