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12 of December,2016

Los Beatles y el fair use en la High Court of Justice de Inglaterra

Por: Luisa Herrera - LLM, Docente Investigadora

Knowledge is power and whoever is able to develop or acquire and to deny the access of others to a kind of knowledge respected and sought by others; and whoever can control the channels by which it is communicated to those given access to it, will exercise a very special kind of structural power”[1]

 

¿Qué porcentaje de una obra musical puede utilizarse para que sea considerado un fair use? ¿El contrato de licencia podría reputarse perfecto con el mero intercambio de correspondencia entre las partes involucradas?

 

Estos fueron los cuestionamientos abordados por la High Court of Justice de Inglaterra (Chancery Division) en una decisión hito en la historia de la música inglesa: Sony/ATV Music PublishingLLC & Another v WPMC Ltd & Another [2015] EWHC 1853 (Ch) (1 July 2015). Le correspondió a este órgano judicial decidir si el uso de extractos de un concierto de los Beatles en un documental constituiría fair use.

 

Se trataba del memorable concierto del 11 de febrero de 1964 en el Coliseum de Washington. Los demandados, WPMC y IAMBIC MEDIA LIMITED, grabaron extractos de dicho concierto para luego utilizarlos en el documental “The Beatles: The Lost Concert”.

 

WPMC sostenía que entre IAMBIC y SONY  se había celebrado un contrato vinculante mediante el cual el segundo se obligaba a conceder una licencia de sincronización, condicionado a que IAMBIC cumpliera con las condiciones estipuladas y pagara las tarifas acordadas. Las pruebas allegadas por la parte demandada acreditaba tan solo la existencia de un intercambio de correos entre los actores.

 

Resulta ser una situación contractual interesante, como quiera que el contrato de licencia es en esencia consensual, podría concluirse que una oferta seguida de una aceptación bastaría para perfeccionar el contrato. Sin embargo, para el caso en concreto, la Corte concluyó que no podía derivarse la existencia de una mera expectativa porque esta circunstancia haría del contrato un aspecto meramente especulativo.

 

Para el efecto, se basó la corte en el caso Cobbe v Yeoman’s Row Management Ltd [2008] UKHL 55, [2008] 1 WLR 1752, de acuerdo con el cual:

 

“The reason why, in a ‘subject to contract’ case, a proprietary estoppel cannot ordinarily arise is that the would-be purchaser’s expectation of acquiring an interest in the property in question is subject to a contingency that is entirely under the control of the other party to the negotiations: see also British Steel Corporation v Cleveland Bridge and Engineering Co. Ltd [1984] 1 AER 504 at 511 per Robert Goff J; Walton Stores (Interstate) Ltd v Maher (1988) 164 CLR 387; London & Regional Investments Ltd v TBI Plc. [2002] EWCA 355 at [42] per Mummery LJ and Pridean v Forest Taverns (1996) 75 P&CR 447. The expectation is therefore speculative.”

 

 

Así las cosas, la inexistencia del contrato de licencia alegado por la parte pasiva de la acción imprimió en el asunto la necesidad de establecer si el uso de las obras se encuadraba dentro de los factores del fair use.

 

El Congreso Americano, convencido de la importancia de admitir el uso de las obras en ciertas circunstancias con el fin de promover la creatividad y la originalidad, adoptó la doctrina del fair use en la Sección 107 del Copyright Act Americano de 1976, disposición que consagró cuatro factores que deben ser analizados para determinar si el uso de la obra ha sido justo:

“El propósito y carácter del uso, análisis que debe considerar si tal uso es de naturaleza comercial o con propósitos educativos sin ánimo de lucro; La naturaleza de la obra protegida; La proporción utilizada, en términos de cantidad y calidad, y en relación con la totalidad de la obra; El efecto de su uso en mercados potenciales o en el valor de la obra protegida.”

 

Si bien esta doctrina ha sido criticada por la amplitud de la flexibilidad que imprime, en cuanto se le endilga una seria limitante del derecho de autor, en el análisis de las posibles situaciones de infracción, recientemente también se ha reconocido su utilidad al enfrentar los nuevos retos impuestos por la evolución tecnológica en relación con la necesidad del acceso a la cultura.

 

El análisis realizado por el juez en el presente asunto consistió en el examen detallado de cada uno de los factores de la Sección 107:

 

Factor 1:  El documental equivale a un uso comercial de las obras, pese a haber sido un uso parcialmente transformador.

 

Factor 2:  Las obras protegidas por el derecho de autor son obras totalmente expresivas que se encuentran dentro del núcleo de la protección de los derechos de autor.

 

Factor 3: El documental reproduce la totalidad de cada una de las obras protegidas por el derecho de autor. Según el juez en el presente caso, “la cantidad copiada es claramente excesiva, (…) el uso excede lo que es necesario para ilustrar la naturaleza y el efecto de las actividades de los Beatles.”

 

Factor 4: El demandado no logró demostrar que sus actuaciones no atentarían ni cercenarían los derechos económicos de los autores.

 

Sobre el tercer factor, la Corte especifica que el demandado para exonerarse no debe probar que utilizó una cantidad mínima, sino que se debe acreditar que el uso fue razonable y proporcionado para los fines pretendidos: “what the defendant must show is that the amount taken is reasonable, and not excessive. If no more is taken than is necessary, then that will be reasonable. The defendant does not have to show that he has taken the minimum necessary, however.” 

 

El resultado parece alentador desde el punto de vista del autor. Sin embargo, debe considerarse que el filtro del fair use fue realizado por una Corte Inglesa; valdría la pena cuestionarse sobre el sentido de la decisión si le hubiese correspondido a una Corte Estadounidense, en donde las decisiones de los jueces se han caracterizado por concluir el fair use siempre que haya un uso transformativo de la obra, sin tomar en consideración los otros factores del análisis. Lo cierto es que uno de los cuestionamientos formulados inicialmente sigue sin resolución: ¿qué porcentaje de la obra debe ser utilizado para cumplir con el tercer factor?; Y agregamos el siguiente al debate: ¿Cuál es la definición del término “razonable” utilizado por la Corte para calificar el porcentaje esperado?

 

 

[1] Strange S (1994) States and markets. 2nd edn. Pinter, London & New York.

*** Esta noticia fue comentada con base en la decisión y el siguiente artículo del IPKAT: http://ipkitten.blogspot.com.co/2015/07/arnold-j-rules-on-beatles-documentary.html