Competencia Económica y Consumo
2 de febrero de 2016

Nike demanda a Skechers por Infracción de Patentes de Diseño

Por: Brenda Salas - Candidata a PhD

Recientemente dos líderes de calzado deportivo se encuentran en conflicto por infracciones a derechos de propiedad intelectual. En efecto, Nike Inc titular de numerosas patentes de diseño presentó una demanda por infracción de derechos contra Skechers.

Recientemente dos líderes de calzado deportivo se encuentran en conflicto por infracciones a derechos de propiedad intelectual. En efecto, Nike Inc[1] titular de numerosas patentes de diseño presentó una demanda por infracción de derechos contra Skechers[2].

La demanda se interpuso ante la Corte del Distrito de Oregon, en la cual la actora manifestó que Skechers desconoció 8 patentes de diseño de titularidad de Nike. En opinión de esta última, los diseños Burst, Flex Appeal y Flex Advantage de los zapatos deportivos de Skechers son muy similares a los suyos[3].

Los diseños objeto de controversia son los siguientes:

NIKE diseño patente[4]

La accionante pidió al juez de conocimiento que ordene a la demandada se abstenga de seguir produciendo la línea de calzado que incorpora dichos diseños. De la misma manera, solicitó la indemnización de daños y perjuicios como consecuencia de la infracción realizada[5].

Esta demanda se suma a los procesos que muchas compañías de la industria de calzado deportivo están adelantando contra Sckechers por la infracción a diferentes derechos de propiedad intelectual. En efecto, en octubre de 2014 Converse demandó a Skechers ante el Circuito Federal y la Comisión Internacional de Comercio bajo el argumento de que esta empresa copió sus diseños infringiendo sus derechos marcarios[6].

Justamente, en noviembre de 2015 el honorable juez Charles E. Bullock, máxima autoridad de la Unidad Administrativa de la Comisión Internacional del Comercio, se pronunció respecto de la infracción de Skechers por el uso de la entre suela de la línea Chuck Taylor de titularidad de Converse. Este juez señaló que los Skechers Twinkle Toes y los productos de la colección BOBS, no infringían los derechos marcarios de Converse toda vez que estos últimos contienen elementos de diseño que le permiten diferenciarse de los de Converse[7], impidiendo que exista riesgo de confusión en los consumidores de este calzado[8].

Esta clase de litigios recuerda la importancia de la propiedad intelectual en la industria de la moda. En efecto, los diseñadores de moda cuentan con diferentes instrumentos jurídicos para su protección, en ese sentido, podemos identificar al copyright o el derecho de autor[9], las marcas y a las patentes para amparar a sus creaciones intelectuales. Generalmente, los diseñadores de moda suelen recurrir a las marcas las cuales pueden llegar a representar el activo más importante[10] para el designer. No obstante, las patentes de diseño también pueden proporcionar a este último mayores cuota de mercado, mejores precio y ganancias más elevadas[11].

Ahora, resulta claro que la reproducción total o parcial de las piezas de moda sin autorización del titular, constituye una práctica que reprochan los diseñadores de moda, por cuanto se trata de una copia idéntica o sustancial de un diseño que se encuentra protegido por una marca[12] o por una patente de diseño.

En ese escenario, la demanda interpuesta por Nike constituye un claro ejemplo del valor agregado que otorgan los derechos de propiedad intelectual al mundo de la moda. En ese orden, estaremos esperando el fallo de la Corte del Distrito de Oregon el cual nos permitirá esclarecer en qué casos un titular de una patente de diseño puede encontrar vulnerado su derecho. Para mayor información: http://www.law360.com/articles/742743/nike-sues-skechers-over-sneaker-design-patents

[1]http://www.nike.com/us/en_us/?ref=https%253A%252F%252Fwww.google.com.co%252F

[2] https://www.skechers.com/en-us

[3] http://portlandtribune.com/pt/9-news/287708-164789-nike-sues-skechers-in-trademark-fight

[4] http://www.bizjournals.com/portland/blog/threads_and_laces/2016/01/nike-sues-skechers-for-infringing-on-eight-of-its.html

[5] http://portlandtribune.com/pt/9-news/287708-164789-nike-sues-skechers-in-trademark-fight

[6] http://portlandtribune.com/pt/9-news/287708-164789-nike-sues-skechers-in-trademark-fight

[7] http://www.businesswire.com/news/home/20151119006307/en/SKECHERS-Wins-Favorable-Ruling-Nike-Lawsuit

[8] In a November 17, 2015 opinion, the Chief Administrative Law Judge of the ITC, the Honorable Charles E. Bullock, ruled that Skechers’ Twinkle Toes and BOBS product lines do not infringe Converse’s registered trademark for the Chuck Taylor midsole. In making his ruling, the Judge noted that both of the Skechers product lines feature prominent branding and that the Twinkle Toes line contains design features that “create enough differences that the shoes bearing them cannot be said to be similar to [the Chuck Taylor].” The Judge also stated that the survey evidence concluded that there was no likelihood that consumers would confuse the Skechers designs with those of Converse’s Chuck Taylor designs. http://www.businesswire.com/news/home/20151119006307/en/SKECHERS-Wins-Favorable-Ruling-Nike-Lawsuit

[9] Por ejemplo, en Francia las creaciones provenientes de la industria de la moda pueden ser protegidas por el Derecho de Autor. Code de la Propriété Intellectuelle. Article L112. Sont considérés notamment comme oeuvres de l’esprit au sens du présent code

14° Les créations des industries saisonnières de l’habillement et de la parure. Sont réputées industries saisonnières de l’habillement et de la parure les industries qui, en raison des exigences de la mode, renouvellent fréquemment la forme de leurs produits, et notamment la couture, la fourrure, la lingerie, la broderie, la mode, la chaussure, la ganterie, la maroquinerie, la fabrique de tissus de haute nouveauté ou spéciaux à la haute couture, les productions des paruriers et des bottiers et les fabriques de tissus d’ameublement.

[10] Juan David Castro. “La propiedad industrial. Universidad Externado de Colombia Bogotá, Pág. 43.

[11] Juan David Castro. “La propiedad industrial. Universidad Externado de Colombia Bogotá, Pág. 370.

[12] Counterfeiting is the practice of manufacturing, importing/exporting, distributing, selling or otherwise dealing in goods, often of inferior quality, under a trademark that is identical to or substantially indistinguishable from a registered trademark, without the approval or oversight of the registered trademark owner. Counterfeits are most commonly called “fake goods” or “knock-offs.” Many well-known and successful brands, spanning various industries, are victims of counterfeiting. http://www.inta.org/TrademarkBasics/FactSheets/Pages/Counterfeiting.aspx