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4 de diciembre de 2014
Comercio Internacional, Tratados de Libre Comercio, Propiedad Intelectual y Desarrollo en Latino América
Por: Carlos Augusto Conde - PhD, Docente Investigador
Desde la creación de la Organización Mundial de Comercio (OMC) en 1994, Latinoamérica ha entrado en un proceso de división comercial y económica, por un lado, existen países en la región con gran tendencia a abrir sus economías a países desarrollados como la Unión Europea (UE), Canadá y EEUU, que incluye, además de cumplir con los acuerdos de la OMC, celebrar Tratados de Libre de Comercio (TLCs) en los cuales se reducen tarifas arancelarias, facilitan la entrada y salida de capitales, y se promueve una mayor estandarización de la propiedad intelectual.
Jueves, 4 de Diciembre de 2014
Desde la creación de la Organización Mundial de Comercio (OMC) en 1994, Latinoamérica ha entrado en un proceso de división comercial y económica, por un lado, existen países en la región con gran tendencia a abrir sus economías a países desarrollados como la Unión Europea (UE), Canadá y EEUU, que incluye, además de cumplir con los acuerdos de la OMC, celebrar Tratados de Libre de Comercio (TLCs) en los cuales se reducen tarifas arancelarias, facilitan la entrada y salida de capitales, y se promueve una mayor estandarización de la propiedad intelectual. Entre esta categoría de países se encuentra Chile, Colombia, México, y Perú.
Por otro lado, existen países en la región que aunque han firmado los acuerdos de la OMC, han decidido concentrarse en la integración regional y promover el comercio entre vecinos con el ánimo de contrarrestar la influencia de países desarrollados en la región, este bloque lo lidera Argentina, Bolivia, Brasil y Venezuela, al igual que importantes bloques económicos y políticos como el Mercosur, Unasur y en parte la CAN, ya que este último ha ido perdiendo influencia en la región debido a la insistencia de miembros como Colombia y Perú de abrir sus economías, y la negativa de los otros miembros (Bolivia y Ecuador) a firmar tratados de libre comercio con EEUU y la UE.
Esta clara división entre países inclinados a abrir sus economías y aquellos que le apuestan más a la integración regional no ha generado necesariamente una disparidad económica en la región, datos del Banco Mundial demuestran un comportamiento diverso sin importar si la economía de los países latinoamericanos ya mencionados, han suscrito TLCs con países desarrollados.
En efecto, si se compara el crecimiento del PIB anual de diferentes países de la región, se demuestra que no necesariamente los TLCs con países desarrollados se transmite en crecimiento económico (ver tabla 1). En este punto, es interesante ver que, por ejemplo Colombia, ha sido pionero en la firma de TLCs con países como Canadá, Corea, EEUU, la UE y Singapur, tiene el mismo crecimiento PIB que Ecuador, país que desde principios de la década anterior se retiró de las negociaciones para un TLC con EEUU. Por supuesto, hay casos como el de Brasil y Venezuela que han tenido caídas en sus PIB, sin embargo, esto responde más al manejo macroeconómico y a problemas de estabilidad política que a la necesidad de firmar TLCs con otros países. De igual manera, es importante resaltar que según los datos del Banco Mundial, las economías que más han crecido en los últimos años son Bolivia (7%) y Perú (6%) (tabla 1). Estos dos países han adoptado diferentes políticas relacionadas con el comercio exterior, como se mencionó anteriormente.
Sin embargo, los TLCs sí pueden generar una disparidad respecto a las diferentes compensaciones (trade-off) que países como Colombia, Perú y Chile tienen que dar al querer acceder a mercados de países desarrollados, en especial estos países han aceptado implementar o aumentar derechos de propiedad intelectual con el fin de acceder a mercados en EEUU y la UE. Como se mencionó anteriormente, la mayoría de los países de la región son parte de la OMC. En el seno de esta organización se celebró lo que se conoce como Acuerdos sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) que exigen unos estándares mínimos en protección de los derechos de propiedad intelectual en los países miembros de la OMC. Adicionalmente, los TLCs buscan ampliar dichos estándares con el fin de otorgar una mayor protección a la propiedad intelectual, estos acuerdos sobre propiedad intelectual en los TLCs son conocidos como ADPIC-Plus.
Los derechos de propiedad intelectual buscan, en principio, proteger la actividad inventiva de autores e inventores por medio del otorgamiento de derechos de exclusividad sobre sus producciones literarias/artísticas o invenciones. Es difícil agotar cada uno de los tipos de derechos de propiedad intelectual (v.gr.. marcas, diseños industriales, derechos de autor (copyright), etc.) en esta entrada, sin embargo, las patentes son un ejemplo de cómo opera el trade-off en los TLCs.
Las patentes otorgan al inventor un periodo de 20 años de protección para explotar su invención de manera exclusiva, esto es, se otorga la posibilidad de tener una ventaja competitiva frente a otros. Para obtener dicha protección, el inventor tiene que demostrar que su invención reúne una serie de requisitos legales y técnicos como lo es probar que su invención es nueva, tiene nivel inventivo y aplicación industrial. Tan pronto pase el periodo de 20 años, la invención entra a lo que se conoce como dominio publico, donde cualquier competidor puede hacer uso de dicha invención libremente. Por lo tanto, mientras un inventor obtiene prerrogativa por parte del Estado en el uso exclusivo de su invención, además de ser de conocimiento publico por medio del registro de la solicitud de patente, una vez terminado su periodo de exclusividad esta puede ser copiada, explotada o investigada por cualquier competidor.
Aunque dicha disyuntiva entre uso exclusivo de una invención y divulgación por medio de las patentes puede funcionar en beneficio del inventor y la sociedad en general, el problema radica en otro tipo de argumentos que hacen mucho más complejo las implicaciones de las patentes en países en vía de desarrollo y tiene aún más relevancia cuando existe una brecha tecnológica entre países desarrollados y países en desarrollo, toda vez que, países con un claro avance tecnológico en áreas como la salud, la biotecnología y la agricultura, son capaces de producir invenciones localmente, mientras que países en vía de desarrollo tienden a copiar dichas invenciones, por lo qué es vital para estos últimos la no existencia de patentes que restrinjan el acceso a dichas tecnologías.
Esto se puede ejemplificar en el número de patentes que se otorgan a inventores nacionales y extranjeros. En la tabla 2, se puede ver dicho numero de solicitudes por parte de residentes (v.gr. nacionales o ciudadanos) es muchísimo más alta en la UE y EEUUU comparado con países de la región. Brasil y México, países en la región con el mayor numero de aplicaciones en el 2012, 4,804 y 1294 respectivamente, se encuentran en clara desventaja con países como la UE y EEUU, quienes tienen 108,606 y 268,782 respectivamente en el mismo periodo de tiempo (Tablas 2 y 3). Es importante recalcar, que Brasil no ha suscrito TLCs con la UE o EEUU, mientras México lo ha hecho con los EEUU en el Nafta en 1994 y con la UE en el 2000.
Sin embargo, el numero de solicitudes de patentes otorgadas a no residentes (extranjeros) en los países de la región, supera enormemente el numero de solicitudes otorgadas a residentes de la región (Tabla 4). Por ejemplo, en el caso de Colombia, mientras el número de solicitudes de patentes a no residentes fue de 1848, el número de patentes a residentes fue 213.
Por lo tanto, es importante preguntar si la propiedad intelectual en el marco del libre comercio beneficia al desarrollo económico y comercial de la región. En principio, se podría decir con base en las anteriores cifras que no es así, debido a que la protección de propiedad intelectual en países en vía de desarrollo responde a la necesidad de economías como EEUU y la UE de proteger invenciones, las cuales se han producido en sus territorios, en otras latitudes. Sin embargo, esta podría ser una conclusión apresurada. Existen ejemplos en los cuales el uso de la propiedad intelectual, a pesar de que provenga de la estandarización internacional de derechos de propiedad intelectual ligadas al libre comercio, ha sido empleada de acuerdo al desarrollo tecnológico del país, China es un gran ejemplo de esto ya que ha sido considerado como un país que no respeta los derechos de propiedad intelectual, incluyendo las patentes, sin embargo, el poco o nulo reconocimiento a derechos de propiedad intelectual de invenciones provenientes de otros países, permitió a China obtener acceso a la tecnología por medio de la imitación y adaptación. A medida que China ha ido dominando ciertas tecnologías (v.gr. biotecnología), su interés en otorgar patentes ha aumentado, por ejemplo, la Organización Mundial para la Propiedad Intelectual (OMPI) reveló en su informe anual sobre el estado de la propiedad intelectual a nivel mundial en el 2012, que China sobrepasó a los EEUU en el número de solicitudes de patentes, esto debido en gran parte al aumento del número de solicitudes de residentes Chinos.
El caso de China, ejemplifica que la propiedad intelectual a pesar que sobreviene como un requisito del libre comercio, puede ser empleada de manera tal que beneficie a la industria nacional. En Latinoamérica, países que no han firmado TLCs, han podido implementar de manera más libre diferentes mecanismos que flexibilizan la exclusividad que otorgan los derechos de propiedad intelectual, este es el caso del uso de las licencias obligatorias en patentes, especialmente sobre medicamentos. Las licencias obligatorias permiten que gobiernos otorguen una licencia a alguien diferente al titular de la patente, por lo general la competencia, con el ánimo de suplir la demanda de la invención. Sin embargo, los ADPIC establecen ciertos requisitos para poder ser otorgadas: estás solo se pueden otorgar por motivos de interés público, se ha tratado de obtener la licencia con el titular de la patente y estas negociaciones han fracasado, existe unas regalías mínimas al titular de la patente (en forma de compensación), y se da por un periodo de tiempo determinado. En el caso de los medicamentos, las licencias obligatorias han sido un importante instrumento para países en vía de desarrollo.
Las patentes sobre medicamentos han sido materia de larga discusión por cuanto los titulares de patentes sobre medicamentos (compañías farmacéuticas multinacionales) establecen altos precios sobre productos farmacéuticos en países en vía de desarrollo, alegando el alto costo que implica desarrollar un nuevo medicamento. Pero, la visión de países en vía de desarrollo, es que el alto costo de medicamentos protegidos por patentes son barreras para el adecuado acceso a estos medicamentos y representa un alto costo a los sistemas de salud. En este sentido, desde la adopción de los ADPIC, países en vía de desarrollo han utilizado licencias obligatorias con el fin de obtener acceso a medicamentos o rebajar los precios de los productos originales, Brasil y Ecuador han utilizado este instrumento como un mecanismo de negociación o presión para obtener reducción de precios en los medicamentos.
De igual manera, se han utilizado mecanismos dentro de la propiedad intelectual para limitar el uso exclusivo de una patente, sin incumplir los acuerdos que se han alcanzado en la OMC y los ADPIC. Por ejemplo, la India denegó una patente sobre una forma cristalina (polimorfo) de un medicamento contra el cáncer ya existente (Gleevec), debido a que este no tenía una verdadera eficacia terapéutica, es decir, no tenía un efecto curativo distinto al medicamento existente. Asimismo, Argentina ha aumentado los requerimientos técnicos (i.e. novedad) para el otorgamiento de patentes a productos farmacéuticos, lo cual ha llevado a denegar patentes sobre invenciones que no representan una mayor innovación.
Los ejemplos de Argentina, Brasil, Ecuador, e India, demuestran que países que no han firmado TLCs pueden utilizar la propiedad intelectual de manera estratégica de acuerdo a sus propias necesidades. Para países que han adquirido mayores compromisos a través de los TLCs en materia de propiedad intelectual, a pesar que estos tratados les limita el uso de licencias obligatorias y les exige ser más flexibles en el otorgamiento de patentes, estos pueden utilizar otros instrumentos como el derecho de la competencia si durante el uso de patentes se afecta de manera injustificada, por ejemplo, la entrada de genéricos.