
Es cuestionada en muchas ocasiones la aplicación del derecho de la competencia a la gestión contractual de los derechos de propiedad intelectual, dada la dificultad de encontrar la tipificación perfecta de la conducta en la normatividad vigente que regula el derecho de la competencia. Pese a que, desde el sistema de la propiedad intelectual (específicamente artículo 40 de los ADPIC, y concordantes) se han categorizado ciertas cláusulas contractuales como prácticas contrarias al derecho de la competencia, lo cierto es que, su control desde el derecho interno de cada Estado miembro de la OMC requiere que se cumplan con los condicionamientos establecidos en el derecho de la competencia
Está de moda el derecho de la competencia. La concentración del poder económico en la industria ferroviaria y en sectores estratégicos, como el petróleo y los alimentos, fueron el motivo para que se expidiera el famoso Sherman Act en Estados Unidos en 1890 con el fin de limitar dicha concentración y estimular […]
Por medio del presente comunicado, desde el Departamento de Propiedad Intelectual de la Universidad Externado de Colombia queremos dar nuestro más sentido pésame a la familia y amigos del doctor Edwin Jesith Bernal Ramírez, egresado de esta casa de estudios y profesor de la Universidad Militar Nueva Granada. Entre sus […]
El día 10 de septiembre de 2021 la Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina profirió la interpretación prejudicial[1] dentro del famoso proceso de infracción de derechos de propiedad industrial de Crocs Inc. contra Evacol S.A.S. Por la importancia que este caso reviste para el sistema de propiedad industrial colombiano hemos decidido […]
Con ocasión de la reciente admisión por parte de la Suprema Corte de los Estados Unidos de la solicitud de amicus curiae respecto de la determinación de los requisitos para invalidar un registro de copyright, la alta magistratura se pronunciará acerca de la validez de este instrumento y su posibilidad de impugnación. Su decisión permitirá dilucidar las exigencias necesarias para declararlo nulo y esclarecerá en qué eventos el titular de un copyright puede ejercer una acción por infracción, incluso, cuando este presente inconsistencias.
Esta investigación sostiene que se debe establecer como objetivo lograr una capacidad para la innovación sostenible en la investigación, a fin de que se incluyen prácticas y conocimientos de comunidades indígenas que agregan valor al uso de la diversidad biológica. Para explicar lo que lograría tal capacidad, esta investigación incluye dentro de su enfoque metodológico un listado de functionings donde se establece de que son capaces las comunidades de hacer y ser en contextos de I+D. La atención a los functionings en el diseño regulatorio de la innovación e Colombia, aseguraría un I+D más inclusivo(Conde-Gutiérrez, 2021).
Si bien la actual pandemia ocasionada por el covid-19 es quizá la coyuntura que mayor espacio ocupa en las portadas de los principales diarios del mundo, no es menos cierto que paralelamente los mercados mundiales enfrentan otra que en parte se deriva de la primera y que no por ser […]
Un“ monopolio ”tan limitado que no pueda afectar la competencia legítima, y esa es la esencia misma de cualquier sistema racional de símbolos comerciales individuales y exclusivos”. Frankl Schechter La frase de Frank Shechter, precursor de la dilución marcaria en Estados Unidos revela la importancia de implementar todas las […]
El nacimiento de la sociedad del conocimiento es un hecho indiscutible que ha cobrado impulso capital durante los últimos años, influenciado por el comportamiento de la economía y los avances tecnológicos en el entorno mundial. En ese contexto, la propiedad intelectual, las tecnologías y los activos intangibles, ocupan el primer […]
Uno de los propósitos que se trazan en el borrador del CONPES de propiedad intelectual de 2021 es la Adhesión de Colombia al sistema internacional de dibujos y modelos Industriales de la Haya conformado por el Acta de Ginebra de 1999, en adelante el Acta, y el Reglamento Común […]